Agentes e intermediarios en el béisbol: su incursión en el mercado y la necesidad de regularlos
En el contexto actual de la industria del béisbol profesional en México, cuyo crecimiento en los últimos cinco años ha sido exponencial en términos deportivos y económicos, encontramos a los agentes e intermediarios deportivos, los cuales, en nuestra opinión, precisan ser regulados a la brevedad a efecto de que el béisbol obtenga los grandes beneficios que los agentes e intermediarios le brindan al deporte, y por ende, evitar a toda costa caer en los mismos errores suscitados en otros ámbitos deportivos con dichos personajes.
- INTRODUCCIÓN
Recientemente, derivado del desarrollo y profesionalización de la industria del béisbol en México y, aunado al crecimiento económico que este deporte ha tenido en los últimos años, en función de las labores implementadas por distintas organizaciones e instituciones con el objetivo de captar mayores aficionados, dentro del sector, han aparecido nuevos actores que pretenden formar parte del béisbol.
Tal es el caso de los siempre controvertidos agentes e intermediarios deportivos que, en su mejor versión, no solo facilitan las operaciones relativas a la contratación de peloteros y captación de talento, sino también, auxilian al beisbolista profesional con el objetivo de conseguirles mejores condiciones económicas al momento de que éstos desempeñen sus labores deportivas en beneficio de cualquier equipo. Sin embargo, también es cierto que algunos agentes deportivos son conocidos por utilizar sus servicios única y exclusivamente para beneficiarse y enriquecerse a costa, tanto de los equipos que operan, como de los peloteros a los que les brindan (de manera indebida) sus servicios profesionales.
En virtud de lo anterior, y toda vez que aun no se ha logrado vislumbrar el alcance económico que el beisbol profesional tendrá en México en el porvenir, aunado a la necesidad que seguramente existirá de proteger, tanto a los equipos, como a los peloteros, de los agentes deportivos desleales que pretendan incursionar en el mercado, es menester del presente, en primer lugar, llevar a cabo un análisis del contexto actual en el que se encuentra el beisbol como industria en México, para posteriormente, incursionar en un análisis comparado, el cual estará acompañado de aquellas propuestas que se consideran deberían ser incluidas al momento de regular a los agentes o intermediarios de equipos y peloteros en el ámbito del segundo deporte más visto en México[1].
- CONTEXTO ACTUAL
Según medios de comunicación de circulación masiva en México, en el año 2022, la Liga Mexicana de Beisbol (LMB), considerada por muchos como la liga de beisbol profesional más importante del país, tuvo un incremento del 57% (cincuenta y siete por ciento) en asistencia a los estadios, así como del 18% (dieciocho por ciento) en concepto de audiencia total, en comparación con la Temporada 2021 de la propia Liga Mexicana de Beisbol (LMB)[2].
Casi cien años tuvieron que transcurrir para que el beisbol profesional en México tuviera un crecimiento de esta magnitud. Sin embargo, es preciso mencionar que lo anterior no ha derivado de una mera casualidad. Al contrario, recientemente, las organizaciones e instituciones encargadas de ofrecer este espectáculo deportivo, se han abocado no solo en posicionar a este deporte como uno de los más redituables en términos económicos, sino también, como uno de los más atractivos para invertir.
No obstante lo anterior, como ya se ha expuesto en el presente análisis, existen ciertas aristas que aun no han sido cubiertas, derivadas principalmente, del veloz crecimiento que el beisbol ha tenido en México. Uno de los temas de gran relevancia que parece ir avanzando de manera importante, es la incursión de los agentes e intermediarios deportivos en el mundo del béisbol nacional. Lo anterior, no resulta extraño considerando que, actualmente, existen peloteros con mejores salarios que aquellos que existían antes del auge económico ya mencionado, así como equipos más interesados en competir haciéndose de los servicios de jugadores, no solo de nacionalidad mexicana, sino también de jugadores extranjeros que les permitan tener mejores oportunidades de conseguir campeonatos.
Lamentablemente esta nueva realidad en el beisbol profesional mexicano, ha permitido que agentes e intermediarios deportivos incursionen en el mercado: (i) sin estar regulados en su actuar; y (ii) realizando prácticas que buscan aprovecharse, tanto del desconocimiento de la industria por parte de los peloteros, como de la necesidad de los equipos de formar rosters con jugadores de alto nivel, muchas veces, a costa de honorarios sumamente elevados y, mediante prácticas que trastocan los límites de la mal praxis profesional.
En este sentido, y con la única intención de poder abonar al proceso de profesionalización e institucionalidad del béisbol profesional en México, y evitar las malas prácticas de los agentes e intermediarios antes referidas en el beisbol, es que creemos que una de las soluciones para ello, sería la creación e implementación de un reglamento sobre agentes, intermediarios y representantes de jugadores y/o equipos, mismo que debería tener por objeto, entre otros: (i) regular el actuar de los mismos; (ii) establecer requisitos mínimos para fungir con tal carácter; (iii) limitar las actuaciones y facultades de los agentes; y (iv) en su caso, sancionar a los mismos con motivo de cualquier incumplimiento al momento de prestar sus servicios profesionales.
- NECESIDAD DE REGULACIÓN
Antes de ahondar en el análisis de las implicaciones, así como de la propuesta de un Reglamento sobre Agentes, resulta necesario definir, en primer lugar, la figura del agente e intermediario para tener un mayor entendimiento de quiénes son estos actores y que tipo de actividades realizan.
En este sentido, el Reglamento sobre Agentes de la Major League Baseball Players Association (Reglamento de la MLBPA) define a los Agentes, como: “individuos que están certificados por la MLBPA y, por tanto, están autorizados para involucrarse en ciertas conductas”.[3] Asimismo, el autor Richard Parish, en su artículo denominado “Regulando a los Agentes de Jugadores: Una perspectiva Global”, define a los agentes, como: “una persona autorizada para actuar en nombre de otro al momento de negociar con una tercera parte”. Señalando, de esta misma forma que, “un agente es meramente un intermediario que garantiza que la demanda y la oferta de trabajo en el deporte se cumpla”.[4]
Dicho lo anterior, podemos entender que un agente deportivo, cuyo interés sea el participar en deportes organizados, es aquella persona que tiene las siguientes características:
- Su función principal consiste en facilitar al jugador y/o a los equipos, a encontrar formas más eficientes de llegar a acuerdos que devengan en relaciones de trabajo; y
- Se encuentra certificado, por una institución, para realizar actos de representación en nombre y por cuenta de un jugador y/o de algún equipo.
En este contexto, considerando que los agentes tienen un papel sumamente importante en las relaciones laborales existentes entre los equipos y los jugadores, somos de la idea que resulta indispensable regular y limitar las facultades y actividades que pudieran realizar durante la prestación de sus servicios como agentes e intermediarios deportivos.
i. Análisis Comparado
En este sentido, es relevante hacer alusión a que, el Reglamento de la MLBPA prevé: (A) requisitos mínimos para obtener una licencia o certificación y, por tanto, ejercer la profesión de agente dentro de la Major League Baseball (MLB); y (B) las normas básicas de comportamiento en su actuar.
De conformidad con el Reglamento de la MLBPA, para obtener la certificación de agente de jugadores, los aspirantes deben cumplir una serie de requisitos, incluyendo:
- La lectura y aceptación del Reglamento de la MLBPA, así como completar la solicitud de certificación (la cual debe mandarse por correo a las oficinas del MLBPA)[5].
- Presentar una copia firmada de la declaración del aplicante y del acuerdo de representación de la agencia en caso de aplicar a la certificación general y pertenecer a una agencia.
- Autorizar la verificación de antecedentes, la cual atiende a las conductas relevantes a comportamientos fiduciarios.
- Aprobar satisfactoriamente el examen escrito y, en caso de la certificación general, también se debe de aprobar el examen de certificación limitada[6].
- Pagar una cuota administrativa anualmente, como contar con el formulario de Inscripción de Agentes, vigente en su momento.
La certificación de agente de jugadores de la MLBPA se divide en dos tipos: (A) certificación limitada y (B) certificación general. Los aspirantes deben aprobar el examen de certificación limitada antes de tomar el examen de certificación general. Además, para ser agente certificado general, se debe tener por lo menos un jugador que lo designe como su agente en un formulario de designación de agentes de jugadores.
Asimismo, resulta relevante el hecho de que la MLBPA otorgue distintos tipos de certificaciones de agentes, mismas que se distinguen por el nivel y las facultades que tienen en relación con los jugadores. La MLBPA otorga tres clases distintas de certificaciones, mismas que se caracterizan por lo siguiente:
Servicios de mantenimiento y reclutamiento:
- Servicios de Mantenimiento: son todas las actividades relacionadas con el jugador, fuera de su relación estricta con la MLB y/o sus equipos, como son los servicios de marketing, personales, jurídicos, contables y/o financieros[8].
- Reclutamiento: Es el proceso mediante el cual un Agente se acerca o busca a un jugador para que este retenga sus servicios y asesoramiento[9].
No obstante lo anterior, también es necesario recalcar que el Reglamento de la MLBPA no establece sanciones específicas derivadas de actos que vayan en contra de dicho orden normativo o que se encuentren expresamente prohibidas, cuestión que nos parece valdría la pena incluir dentro de aquella normatividad que, en su momento, regule el actuar de los agentes dentro del beisbol mexicano, a efecto de hacer mucho más eficiente su implementación.
ii. Propuesta de Regulación
Una vez expuesto lo anterior, y con la finalidad de desarrollar e implementar un Reglamento Sobre Agentes que se adecue y atienda a las necesidades y características específicas de las ligas profesionales de beisbol en México (Ligas de Beisbol), creemos que resulta necesario desarrollar un reglamento que, entre otras cosas, y, a manera de resumen, establezca los siguientes puntos fundamentales:
A. Registro de Agentes
En primer lugar, para poder actuar como agente o intermediario deportivo dentro del beisbol mexicano, una persona debería cumplir con ciertos requisitos mínimos y realizar el procedimiento establecido en el propio ordenamiento para obtener una licencia expedida por la Liga de Beisbol de que se trate.
Generar un registro general de agentes, permitiría a las Ligas de Beisbol contar con mayor visibilidad respecto de las partes involucradas en las transacciones que se realizan respecto de la contratación de jugadores. Adicionalmente, garantizaría que las personas involucradas en las transacciones: (i) tengan los conocimientos necesarios para que las transacciones se realicen en apego a lo establecido en la normativa de las Ligas de Beisbol; y (ii) lleven a cabo sus servicios de manera profesional y, atendiendo a los principios de honestidad y buenas prácticas dentro de la industria.
Las licencias que para tal efecto fueran expedidas por las citadas Ligas de Béisbol deberían ser intransferibles y podrían ser revocadas por las propias organizaciones, a efecto de garantizar, además de un control sobre las personas que se encuentran presentando servicios al amparo de cualquiera de las Ligas de Beisbol, una debida implementación del reglamento en cuestión.
B. Requisitos Mínimos y Examen de Agentes
Como requisitos mínimos para certificarse como agente o intermediario ante la Ligas de Beisbol de que se trate, las personas físicas deberían:
- Completar y enviar a la Liga de Beisbol correspondiente el formulario de solicitud de licencia;
- Aprobar un examen aplicado por la propia Liga de Beisbol; y
- Abonar a la liga una cuota anual.
El formulario de solicitud se utilizaría, entre otras cosas, para: (i) contar con todos los datos de los aspirantes a la licencia de agente o intermediario; (ii) contabilizar la cantidad de exámenes que han de aplicarse; (iii) la expedición de las licencias; y (iv) hacer constar que los aspirantes/agentes se obligan a cumplir con los reglamentos aplicables de la Liga de Beisbol que corresponda. Acompañado de los formularios, los aspirantes deberían presentar: (a) identificación oficial vigente; (b) comprobante de situación fiscal; (c) comprobante de domicilio; y (d) una cuota por la revisión de las solicitudes de registro. Lo anterior, a efecto de garantizar que los aspirantes cuenten con una solvencia moral y económica suficiente para garantizar sus servicios.
Posterior a la entrega del formulario de solicitud, debería aplicarse a los aspirantes un examen que tenga como objetivos, el garantizar que los aspirantes: (i) conocen los reglamentos de la Liga de Beisbol que corresponda; y (ii) tienen los conocimientos básicos necesarios para fungir como agentes. Es preciso mencionar que, lo ideal, sería que cada año que el agente quisiera mantener su licencia, debería abonar a la Liga de Beisbol que corresponda una cuota anual y, según le sea solicitado de tiempo en tiempo, proporcionar la información que la Liga de Beisbol correspondiente pueda requerir para verificar sus antecedentes morales y económicos. Lo anterior, aunado a la constante capacitación que debieran de tener los agentes o intermediarios que ya cuentan con su licencia.
C. Personas Morales como Agentes
Al respecto, somos de la idea, de que las personas morales no debieran ser consideradas, por ningún motivo, razón o circunstancia como Agentes. En este sentido, si un Agente forma parte de una agencia (persona moral), el Agente sería responsable de cualquier conducta realizada por ésta y/o sus empleados en relación con un jugador y/o equipo que este representando. Asimismo, el Agente debería ser el única facultado para prestar los servicios de representación o intervenir en nombre del jugador y/o equipo.
D. Relaciones Contractuales entre Agentes y Jugadores
Toda relación contractual entre un jugador y un Agente o Intermediario debería constar por escrito en un instrumento jurídico que tenga por objeto regular la relación. El instrumento jurídico se debería celebrarse en tres (3) tantos, de los cuales, uno lo conservará el agente, uno lo conservará el jugador y uno se presentará ante la Liga de Beisbol que corresponda. Será responsabilidad del Agente o Intermediario conservar el contrato de representación y, en su caso, exhibirlo ante la Liga de Beisbol que corresponda, inclusive si este ya hubiere sido presentado con anterioridad.
Como ya se mencionó, las agencias no deberían poder celebrar contratos de representación con los jugadores, sino que únicamente los Agentes podrían celebrar dichos contratos.
Los contratos de representación tendrían una vigencia máxima de dos años, por lo que, si a la terminación del contrato, las partes desean renovarlo, tendrían que hacerlo a través de un nuevo contrato de representación. Cualquier cláusula en contrario debería, en principio, considerarse nula.
Los Agentes no podrían tener más de un (1) contrato de representación con el mismo jugador. En este sentido, si existen múltiples contratos que regulen la misma relación y cuya vigencia sea simultánea, únicamente sería válido el primer contrato presentado ante la Liga de Beisbol correspondiente.
Al contrario, los contratos de representación celebrados entre un Agente y un equipo no necesariamente debieran contemplar una vigencia máxima, pues se entiende que estas son sociedades debidamente capacitadas y asesoradas a efecto de conocer el contenido y los alcances legales que un documento de esta naturaleza contemplan.
Sin embargo, sí consideramos adecuado apuntar que, sería ideal que un jugador no pudiera contratar con más de un Agente a la vez, estableciendo como excepción a la regla general el que el jugador contrate a varios agentes, cada uno con facultades de representación en países distintos.
E. Requisitos Mínimos de un Contrato de Representación
Para asegurar la uniformidad de los contratos de representación, para que estos se consideren válidos, deberían cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos mínimos:
- Identificar a cada una de las partes;
- La vigencia;
- Los honorarios del Agente;
- La naturaleza de los servicios de representación;
- Las facultades del representante; y
- La firma autógrafa de las partes.
F. Conflictos de Interés
En una misma transacción, el Agente solo podría prestar sus servicios en nombre de una de las partes. Si se demuestra que el Agente representó a ambas partes en una misma transacción o que existió un conflicto de interés que pudiera llevar al Agente a no prestar sus servicios en la mejor de sus capacidades, los instrumentos jurídicos producto de dicha transacción serían, en principio, nulos y el Agente o Intermediario perdería su licencia definitivamente.
G. Conductas Prohibidas y Sanciones
Aunado a lo anterior, a efecto de proteger a las partes involucradas, consideramos que debiera ser responsabilidad de los equipos incluir en los contratos deportivos de trabajo que celebren, una declaración respecto de si se contó o no con los servicios de un Agente o Intermediario en la transacción relevante.
Asimismo, los equipos tendrían prohibido negociar o celebrar contratos con un representante (o su representado) si este no cuenta con la licencia de Agente emitida por la Liga de Beisbol que corresponda. Cabe resaltar que los equipos y los jugadores podrán celebrar contratos sin la intervención de un Agente.
Por otro lado, es de nuestra consideración que se debería prohibir cualquier cláusula que límite la capacidad de las partes de negociar y/o formalizar un contrato sin la mediación de un Agente o, en su caso, penalice a las partes por la negociación o celebración de un contrato sin un Agente.
H. Beneficios de Registro para los Agentes
Para incentivar a los Agentes a que tramiten sus licencias, se recomienda establecer los siguientes beneficios para los Agentes acreditados por las Ligas de Beisbol:
- Se les incluiría en una lista pública con todos sus datos en la página web de la Liga de Beisbol que corresponda, misma que podrá ser consultada por cualquier persona interesada en retener sus servicios;
- Estarían facultados para participar en transacciones en el marco de las Ligas de Beisbol;
- Tendrían acceso a cursos y congresos exclusivos para Agentes certificados por la Ligas de Beisbol en que se encontraran registrados; y
- Podrían acudir ante los órganos jurisdiccionales de las Ligas de Beisbol para la resolución de controversias.
I. Sanciones
Finalmente, en caso de que un Agente viole o incumpla con cualquiera de las disposiciones del Reglamento, la Liga de Beisbol que corresponda debería contemplar dentro de su reglamentación aplicable, las siguientes sanciones:
- La revocación de la licencia;
- La suspensión de la licencia;
- Multas;
- Apercibimientos; y
- La inhabilitación permanente de participar, en cualquier capacidad, en la Liga de Beisbol.
iii. Implementación
Para lograr una implementación efectiva del Reglamento, propondríamos seguir la siguiente metodología:
A. Etapa de Creación y Aprobación del Reglamento
En primera instancia sería necesario crear un borrador del Reglamento, mismo que sería puesto a disposición de los equipos de las Ligas de Beisbol para que estos formulen los comentarios y observaciones que consideren pertinentes. Seguido de las modificaciones que pudieren realizarse a ese primer borrador, debería someterse una versión final del instrumento para la aprobación de los órganos decisorios de las Ligas de Beisbol que así lo decidieran aplicar.
B. Etapa de Capacitación y Difusión
Dado que la participación de los Agentes es esencial para la implementación del Reglamento, consideramos que sería necesario realizar un congreso de Agentes, en el cual se den a conocer a estos las disposiciones del Reglamento de Agentes, el procedimiento para tramitar la licencia y las consecuencias aparejadas con este.
Durante esta etapa, se les debería proporcionará a los Agentes: (i) el Reglamento; (ii) un instructivo de como tramitar la licencia; y (iii) materiales educativos que servirán para prepararse para el examen.
Simultáneamente, se sugeriría capacitar tanto a las personas relevantes de las Ligas de Beisbol que así se encuentren interesadas, así como a los equipos de las mismas.
C. Etapa de Licenciamiento
Durante esta tercera etapa, sería necesario atender todas las solicitudes de expedición de licencia, se aplicarían los exámenes relevantes y se expedirían las licencias necesarias.
Posteriormente, se publicaría una la lista de Agentes certificados por las Ligas de Beisbol y se debería implementar un programa de seguimiento.
D. Etapa Operativa
Finalmente, una vez que se hayan completado las etapas anteriores, el Reglamento de Agentes se aplicaría con normalidad y, por tanto, los Agentes e Intermediarios y los equipos estarían obligados a su cumplimiento.
Aunado a lo anterior, durante esta etapa, las Ligas de Beisbol debieran poder ejercer facultades de control y de resolución de controversias respecto de cualquier situación que pudiera detonarse en relación con lo dispuesto en el Reglamento de Agentes. Lo anterior incluye, enunciativa, más no limitativamente:
- La actualización de la lista de Agentes certificados de las Ligas de Beisbol;
- El registro de los contratos de representación;
- El cobro de las cuotas anuales relevantes;
- La resolución de solicitudes de expedición de licencias;
- La aplicación de sanciones; y
- La capacitación constante de Agentes, equipos y personal de las Ligas de Beisbol.
- CONCLUSIONES
Una vez analizado todo lo anterior, consideramos que, aquellos puntos relevantes a tomar en cuenta para la implementación del Reglamento de Agentes anteriormente referido son los siguientes:
- Al día de hoy, ciertos de los contratos deportivos de trabajo celebrados en la las Ligas de Beisbol se negocian y celebran con la intervención de un Agente o Intermediario, sin embargo, no hay ningún reglamento u ordenamiento que regule las actuaciones de éstos.En este sentido, y buscando la profesionalización e institucionalización del beisbol en México, es necesario establecer una serie de reglas que limiten la participación de los Agentes e Intermediarios y, en su caso, faculten a las Ligas de Beisbol para sancionarlos.
- Por otro lado, la implementación del Reglamento ayudará a garantizar la seguridad y la certeza jurídica de los equipos y de los jugadores al momento de contratarse con un Agente e Intermediario. Saber que el Agente con el que se contrata se atiene a ciertos estándares que son aplicables a lo largo de la industria, además de ser un incentivo para su contratación, asegura que los Agentes e Intermediarios no actuarán en contra de las buenas costumbres y que, en caso de hacerlo, se les castigará en el ámbito económico y deportivo.
- No obstante lo anterior, la implementación del Reglamento de Agentes ayudará a al beisbol profesional en México a tener un mejor control de las transacciones que se realizan y de las personas que participan en las mismas, lo que le permitirá ejercer con mayor contundencia y eficacia aquellas medidas que resulten necesarias para prevenir, sancionar y erradicar prácticas nocivas o perjudiciales y, así, impulsar el deporte en México.
- Por otro lado, la implementación del Reglamento de Agentes, a su vez, ayudará a contar en todo momento dentro del beisbol, con Agentes e Intermediarios capacitados y actualizados en cuestiones inherentes al propio deporte lo que continuará permitiendo la profesionalización y crecimiento de dicho deporte.
- Con la implementación del Reglamento de Agentes, el beisbol mexicano estará previniendo y concluyendo los posibles conflictos de interes que pudieran llegar a existir en la contratación de peloteros dentro de dicho deporte.
- Finalmente, con la implementación del Reglamento de Agentes, se estaría logrando regular a todos y a cada uno de los agentes e intermediarios que quisieran formar parte de la familia del beisbol en México, lo anterior, al grado de que, si los mismos no cumplen con las disposiciones del mismo, los mismos no podrían prestar sus servicios como tales en el beisbol mexicano.
[1] https://www.eleconomista.com.mx/deportes/El-beisbol-mejora-y-mantiene-numeros-en-TV-20200830-0080.html
[2] https://www.eleconomista.com.mx/deportes/LMB-2022-el-balance-y-nuevas-propuestas-20220923-0019.html
[3] Sección 2 (C) del Reglamento de la MLBPA. Consúltese en: http://reg.mlbpaagent.org/Documents/AgentForms/Agent%20Regulations.pdf
[4] Parrish, Richard. «Regulating players’ agents: a global perspective.» The International Sports Law Journal, no. 1-2, Jan.-Apr. 2007, pp. 38+. Gale Academic OneFile, link.gale.com/apps/doc/A213032909/AONE?u=anon~80e4355f&sid=googleScholar&xid=1c71d6fc.
[5] Artículo 4 del Reglamento de la MLBPA
[6] Artículo 4(A)(1) del Reglamento de la MLBPA
[7] Artículo 2(C)(3) del Reglamento de la MLBPA
[8] Articulo 2(E) del Reglamento de la MLBPA
[9] Artículo 2(F) del Reglamento de la MLBPA