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El permiso de nacimiento en el fútbol profesional: cuando un derecho existe, pero se ejerce con cautela (y, a veces, con miedo)

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El permiso de nacimiento en el fútbol profesional: cuando un derecho existe, pero se ejerce con cautela (y, a veces, con miedo)

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El permiso de nacimiento en el fútbol profesional: cuando un derecho existe, pero se ejerce con cautela (y, a veces, con miedo)

| TAGS: Álvaro García-Barrosa

En el fútbol profesional se ha normalizado casi todo: los calendarios imposibles, las concentraciones interminables, la presión constante por rendir (y conseguir los 3 puntos) y una sensación, bastante compartida, de que no hay margen para parar. Forma parte del oficio del futbolista.

Lo que no se acaba de normalizar todavía es algo mucho más básico: que un futbolista pueda ejercer su paternidad sin sentir que, por hacerlo, está asumiendo un riesgo profesional.

El permiso de nacimiento y cuidado del menor es un derecho plenamente reconocido en nuestro ordenamiento jurídico. No es un derecho del club, ni una mejora voluntaria en las condiciones de nuestro protagonista. Es un derecho legal, retribuido, protegido, con tramos obligatorios, concebido para garantizar la presencia del progenitor en uno de los momentos más relevantes (y únicos) de su vida personal y familiar.

Desde el punto de vista jurídico, el futbolista profesional no queda fuera de este derecho. La especialidad de su relación laboral no lo excluye o lo vacía de contenido. Y, sin embargo, la práctica da cuenta de que el permiso de nacimiento sigue siendo, en el fútbol, un derecho que se ejerce con mucha cautela.

Pero seamos claros, la mayoría de los futbolistas no lo disfrutan en su plenitud. Algunos lo ven “cortado” por la presión sobre sus salarios, otros lo acortan, otros lo adelantan y otros no se lo plantean siquiera disfrutarlo. No por desconocimiento de la norma, sino porque el entorno y el “qué dirán”, pesa. La plantilla sigue, la competición no se para y esa ausencia prolongada acaba siendo vista como un riesgo laboral.

Durante años esto se ha explicado desde una perspectiva cultural: la lógica del vestuario, la presión por rendir desde el minuto uno, la idea de que el compromiso con el club exige estar siempre disponible. Y todo ello todavía repercute. Pero hoy, el debate va mucho más allá, exigiendo un análisis algo más fino.

Desde una perspectiva jurídica, el permiso de nacimiento en el fútbol profesional no puede analizarse de forma automática, como si se tratara de una relación laboral ordinaria. No porque el futbolista tenga menos derechos, sino porque su prestación de servicios está vinculada a la competición, con un impacto directo e inmediato de cualquier ausencia (por corta que sea), dada la exposición y notoriedad publica que los futbolistas tienen hoy en día.

Durante mucho tiempo, la interpretación ha sido clara: el permiso implicaba la suspensión del contrato en términos similares a los de cualquier otro trabajador. Una solución coherente desde el principio de igualdad, pero difícil de encajar en un entorno donde la actividad no se puede sustituir, ni posponer sin consecuencias.

Por eso, la regulación específica del deportista profesional ha optado por una solución intermedia. No cuestiona el derecho al permiso de nacimiento. Al contrario, lo reconoce expresamente, pero introduciendo un matiz importantísimo: que sea el propio jugador quien decida, de forma voluntaria, si mantiene o no su vinculación con la actividad deportiva durante ese periodo, sin que eso se considere una renuncia al derecho ni una irregularidad por parte del club.

Las personas deportistas profesionales gozarán de los derechos de conciliación, incluidos los permisos previstos legalmente, sin perjuicio de la adaptación a la especificidad de su profesión, de modo que se trate de facilitar la continuidad en la disciplina del equipo, incluida la etapa del embarazo en el caso de las mujeres deportistas y de compatibilizar el entrenamiento con la atención al menor, incluidos los desplazamientos.”1

Desde el punto de vista técnico, esto cambia el foco, ya que no se trata únicamente de una suspensión automática de la relación laboral, sino de reconocer un cierto margen de autonomía del trabajador dentro de una relación laboral que ya es, de por sí, especial.

La solución tiene cosas positivas: aporta flexibilidad, tiene en cuenta las distintas situaciones personales y evita reglas rígidas que no siempre encajan en el deporte de élite. No todos los futbolistas viven la paternidad de la misma manera, ni por supuesto en el mismo momento de su carrera.

El problema es que, en un entorno tan competitivo, reputacional y voraz, la decisión del jugador no siempre se toma en total libertad. El jugador decide sabiendo que existe competencia interna, que las decisiones técnicas son discrecionales y que los contratos son temporales. El riesgo no es que el derecho desaparezca, sino que, en la práctica, acabe quedándose, en la práctica, en papel mojado.2

Conviene no olvidarlo: el permiso de nacimiento no se creó para encajar mejor en el calendario, sino para estar y para cuidar al trabajador, y cuando su ejercicio depende del contexto competitivo, no todos pueden ejercerlo en las mismas condiciones.

Desde esta perspectiva, el verdadero debate jurídico no es si el futbolista tiene derecho al permiso de nacimiento -eso no se discute-, sino cómo se garantiza que pueda ejercerlo sin que esa decisión le pase factura después.

Esta cuestión no es meramente teórica. En la práctica, la gestión del permiso de nacimiento en el fútbol profesional puede volverse jurídicamente “delicada” cuando se junta una continuidad de la actividad durante el periodo protegido, una voluntariedad condicionada por el contexto competitivo y consecuencias profesionales que aparecen más tarde -pérdida de minutos, decisiones técnicas difícilmente explicables o negaciones ante una posible renovación- en un entorno donde muchas decisiones se adoptan sin rastro formal, es decir, todo se queda en el vestuario. En ese escenario, el debate deja de ser cultural y entra de lleno en el terreno de la tutela efectiva de derechos laborales, porque un derecho no se protege solo reconociéndolo, sino garantizando que su ejercicio no tenga consecuencias negativas para quien lo ejerce.

Porque cuando ejercer un derecho tiene un coste profesional, deja de ser una decisión verdaderamente libre.

Por eso, la adaptación del derecho a la realidad del fútbol profesional exige hoy en día algo más que buena voluntad. Exige criterio jurídico y una comprensión real de lo que significa proteger los derechos de conciliación en un entorno muy exigente.

Quizá el verdadero avance llegue cuando deje de ser noticia que un futbolista ejerza su permiso de nacimiento. Cuando no haga falta justificarlo ni tratarlo como una “excepción”. Cuando la paternidad deje de percibirse como una anomalía dentro del calendario competitivo.

Hasta entonces, seguiremos moviéndonos en ese espacio intermedio tan propio del fútbol moderno: un derecho reconocido, jurídicamente sólido, pero que todavía muchos ejercen con cautela (y, a veces, con miedo).

1 Artículo 7 bis. Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales.

2 https://www.revistagq.com/moda/articulo/sergio-ramos-look-salida-hospital-maximo-adriano-pilar- rubio-hijos


Álvaro García-Barrosa Basa

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